Capítulo XIII
// Excepciones
ARTICULO
113º.- Serán eximidos únicamente de rendir el examen teórico para su
ascenso a categoría NOVICIO, los aspirantes comprendidos en los puntos
detallados seguidamente:
a)
Egresados del Instituto Superior de Enseñanza de Radiodifusión (ISER),
con el título de Operador de Planta Transmisora.
b)
Ingenieros en la especialidad de Telecomunicaciones o Electrónica, con título
otorgado por los Establecimientos de nivel universitario, nacionales o privados
reconocidos.
c)
Personal egresado de Institutos de enseñanza superior de las Fuerzas
Armadas y/o Seguridad, con el título de Ingenieros en Electrónica,
Telecomunicaciones, Sistemas de Armas Electrónicas, o disciplinas
acordes relacionadas con las Telecomunicaciones.
d)
Técnicos en la especialidad de Telecomunicaciones ó Electrónica, egresados de
Establecimientos de nivel
secundario, nacionales,
provinciales ó
privados reconocidos.
e)
Egresados de Institutos de formación de las Fuerzas Armadas y/o
Seguridad y/o Servicios Penitenciarios, pertenecientes a la especialidad de
Comunicaciones.
En
el caso de las excepciones previstas en el presente Artículo, el interesado
rendirá el examen correspondiente
a reglamentación y TELEGRAFÍA. Las preguntas del examen de reglamentación serán
sorteadas al azar, del mismo banco de preguntas y con las mismas condiciones de
selección de preguntas y aprobación, que para el resto de los aspirantes.