Capítulo XIII  //  Excepciones

 

ARTICULO 113º.- Serán eximidos únicamente de rendir el examen teórico para su ascenso a categoría NOVICIO, los aspirantes comprendidos en los puntos detallados  seguidamente:

a)      Egresados del Instituto Superior de Enseñanza de Radiodifusión (ISER), con el título de Operador de Planta Transmisora.

b)     Ingenieros en la especialidad de Telecomunicaciones o Electrónica, con título otorgado por los Establecimientos de nivel universitario, nacionales o privados reconocidos.

c)     Personal egresado de Institutos de enseñanza superior de las Fuerzas Armadas y/o Seguridad, con el título de Ingenieros en Electrónica,  Telecomunicaciones, Sistemas de Armas Electrónicas, o disciplinas acordes relacionadas con las Telecomunicaciones.

d)     Técnicos en la especialidad de Telecomunicaciones ó Electrónica,  egresados  de  Establecimientos   de  nivel  secundario,   nacionales,   provinciales  ó  privados reconocidos.

e)     Egresados de Institutos de formación de las Fuerzas Armadas y/o Seguridad y/o Servicios Penitenciarios, pertenecientes a la especialidad de Comunicaciones.

En el caso de las excepciones previstas en el presente Artículo, el interesado rendirá el  examen correspondiente a reglamentación y TELEGRAFÍA. Las preguntas del examen de reglamentación serán sorteadas al azar, del mismo banco de preguntas y con las mismas condiciones de selección de preguntas y aprobación, que para el resto de los aspirantes.